El registro de propiedad es un trámite no obligatorio pero sí recomendable en el proceso de compra o adquisición de una vivienda. El motivo por el que es aconsejable realizar este registro es porque aporta seguridad jurídica al propietario, protegiendo al titular del inmueble y por lo tanto, facilitando cualquier trámite ante una posible posterior venta de la vivienda.
Sin embargo, uno de los inconvenientes de este trámite podría ser el gasto que supone llevar a cabo el registro, que varía según sea el valor que se le haya otorgado a la vivienda en las escrituras, por lo que no es un trámite con un precio exacto, sino que depende del valor, el Real Decreto 1427/1989 estipula cuánto sería el máximo a cobrar.
Según esta idea, el registro de propiedad se calcula de la siguiente manera:
- Si se le otorga un valor al inmueble igual o menor a 6.010,12 euros, el registro tiene un coste de 24,04 euros.
- Si el valor está entre 6.010,13 y 30.050,61, se paga 1,75 por cada 1.000 euros.
- Cuando el valor se ha establecido entre 30.050,62 y 60.101,25, el precio es de 1,25 por cada 1.000 euros.
- Entre 60.101,22 y 150.253,03, se paga 0,75 por cada 1.000 euros.
- Si el valor corresponde entre 150.253,04 y 601.012,10, se paga 0,30 por cada 1.000 euros.
- Por último, si el valor excede de los 601.012,10 euros, el registro cuesta 0,20 por cada 1.000.
*Estas cifras de costes son actuales, pero están sujetas a cambios que puedan incrementar o decrecer el importe en un futuro.